Horario de invierno en la jornada laboral

Decreto Supremo No. 4971/2023 – Horario laboral de invierno

El Gobierno Nacional, mediante Decreto Supremo No. 4971 de 28 de junio de 2023, establece la aplicación de horario de invierno, en la jornada laboral tanto en el sector público como en el sector privado, con la finalidad de prevenir enfermedades estacionales respiratorias para proteger, precautelar la salud y bienestar de las de los trabajadores, durante la temporada de temperaturas bajas.

Aplicación

  1. El horario de invierno será aplicable desde el 3 de julio de 2023 hasta el 28 de julio de 2023, en horario discontinuo de lunes a viernes, de hora 09:00 a 12:30 y de 14:30 a 19:00.
  2. Es posible la extensión en base a información emanada del Ministerio de Salud y del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología – SENAMHI.
  3. El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social anualmente establecerá el inicio y finalización del horario de invierno a través de instructivos, por lo que la disposición es permanente para las siguientes gestiones.

En el sector privado, el horario de invierno deberá ser adecuado a sus modalidades y horarios de trabajo con la instancia responsable de recursos humanos u oficinas de