Certificación de registro de modelos de contratos inmobiliarios

Mediante Resolución Ministerial RM-Z-32-2022 de 04 de julio de 2022, el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, aprobó el “Reglamento al Decreto Supremo N° 4732 de 1 de junio de 2022, para la Certificación de Registro de Modelos de Contratos Inmobiliarios en el Sistema Informático – SIRCI” estableciendo el procedimiento para la   certificación   de   registro   de   modelos   de   contratos inmobiliarios de adhesión relacionados a la venta futura, venta con reserva de propiedad u otras modalidades de bienes inmuebles. El procedimiento de certificación tiene como objeto proteger a los adquirientes, verificando que los modelos de contratos se encuentren libres de cláusulas y prácticas comerciales abusivas.

Obligación de certificación

Los propietarios, constructores o desarrolladores inmobiliarios de manera previa a la suscripción de los contratos, deben registrar ante el Viceministerio de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consumidor los proyectos y contratos, a través del sistema informático SIRCI, a fin de obtener su Certificación de Registro de Modelos de Contratos de Adhesión libres de cláusulas abusivas.

Declaración jurada

La información y documentación que el proveedor registre y adjunte en su solicitud de registro para la certificación de contrato, será consolidada en un documento digital único, el cual será aprobado por el proveedor mediante el mecanismo de aprobación de documentos de Ciudadanía Digital, en calidad de declaración jurada.

Contratos libres de clausulas abusivas

El modelo de contrato libre de cláusulas abusivas debe contener las siguientes características:

  1. Incorpora cláusula que permita al comprador transferir el inmueble o realizar cualquier tipo de cesión de derechos o accesorios.
  2. Incorpora disposición expresa de no modificación unilateral del precio de venta acordado entre partes.
  3. Incorpora cláusulas que no sean desproporcionales para el adquiriente.
  4. Incorpora cláusula de inicio y entrega del bien inmueble objeto del contrato, así como el compromiso de entrega inmediata del título de propiedad al comprador una vez pagado el precio de venta acordado. Dichas estipulaciones podrán variar solo por acuerdo entre partes, causas de fuerza mayor o caso fortuito, imposibilidad sobreviniente, desastres naturales, eventos de conmoción social y otros que ampare la normativa vigente, cuando corresponda.
  5. Detalla todos los pagos que la usuario o consumidor debe realizar como parte del precio de venta acordado, así como pagos por otros conceptos.
  6. Detalla la superficie del bien inmueble y sus características técnicas. En caso de existir

variaciones en la superficie al momento de la conclusión del proyecto, se debe realizar las compensaciones económicas de acuerdo al valor adquirido por metro cuadrado.

  • Detalla toda obligación existente sobre el bien inmueble, incluyendo tributos.
  • Incorpora cláusula que establezca el porcentaje de áreas comunes mínimas establecidas por normativa municipal.

Prohibiciones en los contratos de adhesión

Quedan prohibidas las siguientes prácticas comerciales abusivas en los modelos de contratos:

  1. Exonerar de responsabilidad al proveedor por defectos o vicios que afecten el producto.
  2. Representar limitaciones o renuncia al ejercicio de los derechos reconocidos por ley; o que favorezcan excesiva o desproporcionadamente al proveedor.
  3. Permitir al proveedor la modificación, sin previo aviso, de los términos y condiciones del contrato.
  4. Imposición de condiciones injustas o discriminatorias que causen desprotección al usuario y consumidor.
  5. Remitir a convenciones, leyes, reglamentos y otros textos o documentos sin mencionar expresamente a que se refieren dichas prescripciones que aplican al contrato.
  6. Presentación de documentación fraudulenta, desactualizada o no correspondiente.

Certificación

El Viceministerio de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consumidor una vez registrada la información y documentación, procederá a la emisión de un certificado de registro de modelos de contratos de adhesión libre de cláusulas abusivas en formato PDF y con firma electrónica.

La Certificación estará vigente en tanto se mantenga vigente el proyecto y contratos certificados, pudiendo ser nuevamente certificado cuando contenga modificaciones de fondo.

Los contratos certificados perderán la calidad de contrato certificado cuando estos sean modificados unilateralmente o bilateralmente por las partes, sin conocimiento del Viceministerio de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consumidor.

Infracciones

Se califica como vulneración de derechos y garantías de los usuarios y los consumidores, de servicios inmobiliarios a:

  1. La incorporación posterior de cláusulas en los contratos de adhesión sin que las mismas hayan sido registradas por el Viceministerio de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consumidor.
  2. La otorgación de vigencia a contratos que contengan cláusulas abusivas observadas por el Viceministerio de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consumidor.
  3. Los contratos que sean suscritos sin contar con la certificación por parte del Viceministerio de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consumidor.

Las infracciones cometidas serán procesadas y sancionadas si corresponde conforme al Reglamento de Procedimiento de Reclamaciones, de Revisión y Régimen Sancionatorio del Centro de Atención al Usuario y al Consumidor.