Inversión Extranjera

La colocación de aportes de inversión se puede efectuar a través de:

a)  Sociedades comerciales.

b)  Empresas públicas.

c)  Empresas de capital mixto donde el Estado tenga participación accionaria mayoritariamente.

d)  Contratos u otros instrumentos de inversión conjunta.

Los inversionistas pueden realizar aportes de inversión a través de:

a) Moneda nacional o extranjera de libre convertibilidad.

b) Bienes muebles e inmuebles sobre los cuales se ejerce derecho de propiedad.

c) Utilidades reinvertidas.

d) Derechos de propiedad intelectual, contribuciones tecnológicas intangibles y otros derechos sobre bienes intangibles.

e) Adquisición de acciones registradas o cotizables en la Bolsa Boliviana de Valores, de empresas que operan en el país, conforme a la legislación aplicable.

f) Plantas industriales, máquinas o equipos nuevos o reacondicionados, repuestos, piezas y partes.

g) Materia prima y productos intermedios.

h) Otras establecidas por Ley.

El Banco Central de Bolivia tiene a su cargo el registro de la inversión extranjera y otorga un certificado de ingreso de aportes para la inversión en el Estado Plurinacional de Bolivia, que acredita el ingreso de recursos extranjeros al país.

El registro garantiza la obtención de información referida al origen, destino, aportes y mecanismos de la inversión, así como de la reinversión.

Sí, los inversionistas extranjeros, previo cumplimiento de las obligaciones tributarias y otras establecidas en normativa vigente, pueden transferir al exterior las utilidades netas, en divisas libremente convertibles por medio del sistema bancario.

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